Por Carlos ALVAREZ COZZI
En los estertores de la actual legislatura del actual gobierno que se va, se acaba de aprobar una Ley de Género (hace un tiempo se había aprobado otra de Violencia contra la Mujer basada en género), cuyo artículo 7, según surge del gráfico que encabeza esta nota, establece que “Las políticas públicas para la igualdad se orientarán, entre otros, por los siguientes lineamientos: A) Modificación de los patrones socioculturales, sistemas de creencias y roles estereotipados de varones y mujeres que trasmiten, reproducen y consolidan prejuicios y prácticas consuetudinarias que naturalizan la subordinación de las mujeres, tanto en el ámbito público como en el privado”.
Como ya hemos sostenido reiteradas veces, EL Estado oficialmente no puede sostener como tal ninguna ideología, creencia filosófica o religiosa, sino que debe permitir que todas se expresen por parte de la ciudadanía, porque de lo contrario estaría violando la laicidad. (https://www.forumlibertas.com/cuando-el-estado-se-niega-a-reconocer-que-la-ideologia-de-genero-viola-la-laicidad-estatal/). Así como el Estado se separó de la Iglesia en la Constitución de 1919, tampoco puede luego de ello, adoptar ninguna posición oficial de creencias o ideologías porque de hacerlo iría directamente contra la laicidad o neutralidad que debe de observar constitucionalmente.
Como decíamos en trabajo citado en el link, publicado por el portal europeo ForumLibertas.com : “Ahora bien, cuando a nivel de la Enseñanza Pública se han introducido temas político-partidarios o religiosos proselitistas, nadie ha dudado en Uruguay en calificar esos intentos como de violación de la debida laicidad estatal. Sin embargo, parece no tenerse el mismo criterio cuando de ideología de género se trata. ¿Cuál es la razón? Porque el Estado que no sostiene religión o credo filosófico alguno no debe usar sus aulas en la Enseñanza Pública para enseñar una ideología como la de género, porque también ello viola y groseramente la laicidad.”
Y esto que expresamos para la Enseñanza vale lo mismo para la legislación. Adviértase que ley de género comentada pretende modificar los patrones socioculturales, sistema de creencias y roles a los que califica de estereotipados de varones y mujeres que trasmiten, reproducen y consolidan prejuicios…….
En primer lugar afirmamos que esto no es ni puede ser materia de ley. Porque los fenómenos culturales no se modifican por leyes. Sí es materia de ley que las mujeres y los hombres tengan igualdad de derechos y oportunidades, art. 8 de la Constitución, por ser iguales ante la ley, pero es evidente que biológicamente varones y mujeres somos iguales en dignidad y derechos pero distintos, complementarios, en nuestros cuerpos como en nuestras siquis y sensibilidades. Y esto es así por naturaleza. La misma que pretende negar la ideología de género.
La legislación debe ser objetiva, no debe ir contra la biología en nombre de la ideología, ni debe imponer una visión única de perspectiva de género ni de ninguna en la enseñanza ni en la legislación, porque si no se convierte en una dictadura vestida de pretendida legalidad.
Tampoco corresponde que la ideología pretenda dominar el lenguaje que tiene sus propias reglas, en el caso del español, definidas por la RAE. (https://www.academia.edu/37885401/LA_BIOLOGIA_Y_EL_LENGUAJE_NO_TIENEN_IDEOLOGIA).
Vemos como reiteradamente se transgrede el idioma español con estupideces tales como decir “todes” o “todxs”. Porque la inclusión social no pasa por atacar las reglas del idioma sino por otros lados. Si esto lo llevamos a la Enseñanza y peor a la legislación el panorama resulta desolador en la violación impune de la laicidad impulsada por el propio Estado, generalmente cediendo a presión de los lobbys LGBTIQ.
Por tanto, aguardamos que la próxima legislatura revise y modifique o derogue todas y cada una de las normas que violan la laicidad.
Comments