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Foto del escritorCarlos Álvarez Cozzi

LA DECLARACIÓN O CONSENSO DE GINEBRA SOBRE LA INEXISTENCIA DEL DERECHO INTERNACIONAL AL ABORTO,

Actualizado: 2 nov 2020

LAS NACIONES UNIDAS Y LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES.

Por Carlos Alvarez Cozzi


Luego de soportar por años que a nivel de Naciones Unidas y otros

organismos internacionales se pretenda naturalizar como un “derecho

humano”, en verdad inexistente, desde la perspectiva de género de los

“derechos sexuales y reproductivos” de la mujer, el derecho al aborto,

al impulso del gobierno de los Estados Unidos de América, presidido

por Donald Trump, y acompañado por otros treinta y dos Estados,

entre los cuales destacamos a Brasil, Hungría, entre otros, el pasado

22 de octubre, se produjo la Declaración de Ginebra que apunta

justamente en sentido contrario al anteriormente manifestado.

En efecto, en noticia que no ha sido muy difundida, treinta y tres

países firmaron la Declaración de Ginebra

(https://www.hhs.gov/about/agencies/oga/global-health-diplomacy/protecting-life-global-health-policy/geneva-declaration.html) el pasado jueves, 22 de octubre, que afirma

que no existe un “derecho humano internacional al aborto”. Asimismo

argumenta que “el papel de la familia como fundamento de la

sociedad”.

La Declaración pretende ser una reprimenda del apoyo de las

Naciones Unidas a los “derechos sexuales y reproductivos”, lenguaje

que, según Estados Unidos, que ha firmado el texto, respalda el

aborto.

“Declaramos inequívocamente que no existe el derecho

internacional al aborto. Con orgullo, pondremos la salud de la

mujer en primer lugar en cada etapa de la vida”, afirmó el

secretario de Salud y Servicios Humanos de Estado Unidos, Alex

Azar, en la ceremonia de firma de la declaración el jueves.


“Afirmamos que los gobiernos tienen el derecho soberano

de hacer sus propias leyes para proteger la vida de

inocentes y redactar sus regulaciones sobre el aborto”,

dijo Azar.


“La Declaración de Consenso de Ginebra es un documento

histórico, que establece claramente nuestra posición como

naciones sobre la salud de las mujeres, la familia, el honor

a la vida y la defensa de la soberanía nacional”.


Azar señaló que, en parte, la declaración fue redactada en

respuesta a una “tendencia inquietante” de las Naciones

Unidas.


“Cada vez con mayor frecuencia, algunas naciones ricas y

agencias de la ONU afirman erróneamente que el aborto es un

derecho humano universal”, dijo al respecto.

Bajo la administración Trump, el Departamento de Salud y Servicios

Humanos y el Departamento de Estado ha presionado para eliminar

ese lenguaje de los documentos de la ONU.

La ONU ha rechazado esos esfuerzos, lo que llevó a Estados Unidos

a lanzar una coalición de 33 países que firmaron la declaración,

incluidos los cinco que la copatrocinaron: Brasil, Egipto, Hungría,

Indonesia y Uganda.


La administración Trump ha tomado varias medidas para limitar el

acceso al aborto en los Estados Unidos y en el extranjero,

incluida la prohibición de que las organizaciones extranjeras y

nacionales reciban fondos estadounidenses si brindan o

promueven abortos.


Lo que realmente resulta paradójico y demuestra como a nivel de

Naciones Unidas se manipula lo que debería ser inequívoco, en

un caso claro de intento de colonialismo cultural, es que la propia

Declaración Universal de Derechos Humanos

(https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/), fundante de las

Naciones Unidas preceptúa en su “ Artículo 3.

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a

la seguridad de su persona.”


Y en el mismo sentido, pero a nivel interamericano,

rige el art. 4 de la Convención Americana de Derechos

Humanos, que dispone lo siguiente:


“ Artículo 4. Derecho a la Vida

1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.

Este derecho estará protegido por la ley y, en general,

a partir del momento de la concepción. Nadie puede

ser privado de la vida arbitrariamente.”

(https://www.impo.com.uy/bases/leyes-internacional/15737-1985)


Por todo lo cual es evidente que no existe un “derecho

humano” a abortar por parte de la mujer, y menos

reconocido por el Derecho Internacional, que

precisamente, en sentido contrario, reconoce el “derecho

humano” del concebido a desarrollarse, crecer y nacer con

la protección del Derecho del Estado, derivado del estatuto

jurídico del embrión.

Una buena noticia a difundir, pues.



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