LAS NACIONES UNIDAS Y LOS INSTRUMENTOS INTERNACIONALES.
Por Carlos Alvarez Cozzi
Luego de soportar por años que a nivel de Naciones Unidas y otros
organismos internacionales se pretenda naturalizar como un “derecho
humano”, en verdad inexistente, desde la perspectiva de género de los
“derechos sexuales y reproductivos” de la mujer, el derecho al aborto,
al impulso del gobierno de los Estados Unidos de América, presidido
por Donald Trump, y acompañado por otros treinta y dos Estados,
entre los cuales destacamos a Brasil, Hungría, entre otros, el pasado
22 de octubre, se produjo la Declaración de Ginebra que apunta
justamente en sentido contrario al anteriormente manifestado.
En efecto, en noticia que no ha sido muy difundida, treinta y tres
países firmaron la Declaración de Ginebra
(https://www.hhs.gov/about/agencies/oga/global-health-diplomacy/protecting-life-global-health-policy/geneva-declaration.html) el pasado jueves, 22 de octubre, que afirma
que no existe un “derecho humano internacional al aborto”. Asimismo
argumenta que “el papel de la familia como fundamento de la
sociedad”.
La Declaración pretende ser una reprimenda del apoyo de las
Naciones Unidas a los “derechos sexuales y reproductivos”, lenguaje
que, según Estados Unidos, que ha firmado el texto, respalda el
aborto.
“Declaramos inequívocamente que no existe el derecho
internacional al aborto. Con orgullo, pondremos la salud de la
mujer en primer lugar en cada etapa de la vida”, afirmó el
secretario de Salud y Servicios Humanos de Estado Unidos, Alex
Azar, en la ceremonia de firma de la declaración el jueves.
“Afirmamos que los gobiernos tienen el derecho soberano
de hacer sus propias leyes para proteger la vida de
inocentes y redactar sus regulaciones sobre el aborto”,
dijo Azar.
“La Declaración de Consenso de Ginebra es un documento
histórico, que establece claramente nuestra posición como
naciones sobre la salud de las mujeres, la familia, el honor
a la vida y la defensa de la soberanía nacional”.
Azar señaló que, en parte, la declaración fue redactada en
respuesta a una “tendencia inquietante” de las Naciones
Unidas.
“Cada vez con mayor frecuencia, algunas naciones ricas y
agencias de la ONU afirman erróneamente que el aborto es un
derecho humano universal”, dijo al respecto.
Bajo la administración Trump, el Departamento de Salud y Servicios
Humanos y el Departamento de Estado ha presionado para eliminar
ese lenguaje de los documentos de la ONU.
La ONU ha rechazado esos esfuerzos, lo que llevó a Estados Unidos
a lanzar una coalición de 33 países que firmaron la declaración,
incluidos los cinco que la copatrocinaron: Brasil, Egipto, Hungría,
Indonesia y Uganda.
La administración Trump ha tomado varias medidas para limitar el
acceso al aborto en los Estados Unidos y en el extranjero,
incluida la prohibición de que las organizaciones extranjeras y
nacionales reciban fondos estadounidenses si brindan o
promueven abortos.
Lo que realmente resulta paradójico y demuestra como a nivel de
Naciones Unidas se manipula lo que debería ser inequívoco, en
un caso claro de intento de colonialismo cultural, es que la propia
Declaración Universal de Derechos Humanos
(https://www.un.org/es/universal-declaration-human-rights/), fundante de las
Naciones Unidas preceptúa en su “ Artículo 3.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a
la seguridad de su persona.”
Y en el mismo sentido, pero a nivel interamericano,
rige el art. 4 de la Convención Americana de Derechos
Humanos, que dispone lo siguiente:
“ Artículo 4. Derecho a la Vida
1. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida.
Este derecho estará protegido por la ley y, en general,
a partir del momento de la concepción. Nadie puede
ser privado de la vida arbitrariamente.”
(https://www.impo.com.uy/bases/leyes-internacional/15737-1985)
Por todo lo cual es evidente que no existe un “derecho
humano” a abortar por parte de la mujer, y menos
reconocido por el Derecho Internacional, que
precisamente, en sentido contrario, reconoce el “derecho
humano” del concebido a desarrollarse, crecer y nacer con
la protección del Derecho del Estado, derivado del estatuto
jurídico del embrión.
Una buena noticia a difundir, pues.
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